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A VUELTAS CON LOS CRÉDITOS CON OBJETO INMOBILIARIO
Algunas cuestiones sobre la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, a un año de su entrada en vigor
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El 16 de junio de 2019 (es decir a los tres meses de su publicación en el B.O.E., según la disposición final decimosexta), entró en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. La Ley 5/2019 tenía como principal objetivo transponer al ordenamiento español la Directiva 2014/17/UE, que establece un régimen específico de protección de las personas consumidoras que tengan la condición de prestatarios, fiadores o garantes en préstamos o créditos garantizados mediante hipoteca u otra garantía real constituida sobre bienes inmuebles de uso residencial, o cuya finalidad sea la adquisición o conservación de derechos de propiedad sobre bienes inmuebles.
Se trata de una normativa, de una cierta complejidad, sobre todo en lo atinente a su ámbito objetivo y subjetivo que plantea varias cuestiones de interés práctico.
A continuación, vemos las cuestiones que hemos desarrollado en nuestro trabajo que se puede descargar en su versión completa PDF desde enlace que se encuentra más abajo.
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CUESTIONES PLANTEADAS:
- ¿Cuál es el ámbito de aplicación de la Ley 5/2019, de Crédito Inmobiliario?
- ¿Qué ley es aplicable a los créditos sin garantía real en los que una persona física que tiene la condición de consumidor es prestataria o fiadora y cuya finalidad no es adquirir o conservar derechos de propiedad sino la renovación, reparación, mejora o mantenimiento de un bien inmueble de uso residencial?
- ¿Es aplicable el artículo 24 de la Ley 5/2019, de Crédito Inmobiliario, relativo al vencimiento anticipado, a los contratos de créditos inmobiliarios concertados con personas físicas antes de la entrada en vigor de dicha Ley?
- ¿Es posible ejercitar otras causas de vencimiento anticipado distintas del impago en los casos en los que Ley 5/2019, de Crédito Inmobiliario es aplicable?
- ¿Son aconsejables las cláusulas margin call en los préstamo o créditos a los que es de aplicación la Ley 5/2019, de Crédito Inmobiliario?
- ¿Es aplicable la Ley 16/2011, de Crédito al Consumo a los créditos inmobiliarios sin garantía real cualquiera que sea su cuantía siempre que el prestatario sea un consumidor?
- ¿Es obligatorio para los prestamistas, en los contratos sujetos a la Ley 16/2011, consultar la base de datos de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE)?
- ¿Qué sanciones cabe imponer por infracción de la Ley 5/2019 y de la Ley 16/2011?
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